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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 211

Suprime cargos en la planta del departamento de indemnizaciones a obreros molineros y panificadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5062 / 7118875.

Texto oficial

Artículo 3°.- El Director Ejecutivo del Departamento de Indemnizaciones a Obreros Molineros y Panificadores, deberá dictar la Resolución o Resoluci�nes correspondientes, individualizando a las personas a quienes afecte la supresión de cargos, dispuesta en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley.