Saltar al contenido

Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 212

Reestructura servicios de la caja de credito minero

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5065 / 9113269.

Texto oficial

Art. 28.o- Los gastos de cualquiera clase que origine el cumplimiento del artículo anterior, serán de cuenta del deudor, en los casos en que así lo determine el Consejo.