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Artículo 3 TRANSITORIO del Decreto Con Fuerza de Ley 212

Reestructura servicios de la caja de credito minero

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5065 / 9113301.

Texto oficial

Art. 3.o- Los gastos que demande la instalación del Departamento Bancario de la Caja de Crédito y Fomento Minero serán financiados, durante el año 1953, exclusivamente con las economías que, a consecuencia de la nueva estructura de los servicios, se introduzcan en el presupuesto de la Institución, vigente para el mismo año.