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Artículo 152 del Decreto Con Fuerza de Ley 213

Aprueba ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5069 / 7119079.

Texto oficial

Artículo 152. No podrán solicitarse en una misma póliza, o en un mismo documento de destinación, mercaderías que sean sólo partes de bultos o que correspondan a diversos manifiestos, vehículos o consignatarios o que estén sujetas a distintos regímenes de depósito.