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Artículo 19 del Decreto Con Fuerza de Ley 213

Aprueba la ley orgánica de carabineros de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5070 / 5866687.

Texto oficial

Artículo 19° El sistema de selección y ascensos del personal de tropa se regirá por las normas reglamentarias.