Saltar al contenido

Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 220

Decreto Con Fuerza de Ley 220

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5092 / 8254987.

Texto oficial

Art. 12. Autorízase al Presidente de la República para que dicte los reglamentos de la presente ley.