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Artículo 90 del Decreto Con Fuerza de Ley 221

Navegacion aerea

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5096 / 9033807.

Texto oficial

Art. 90. Los miembros de la Corte de Apelaciones de Santiago que deban formar parte de la Corte Aeronáutica, serán los mismos designados para integrar la Corte Marcial de Santiago.