Saltar al contenido

Artículo 51 del Decreto Con Fuerza de Ley 224

Fija el texto de la ley general de construcciones y urbanizacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5107 / 8784302.

Texto oficial

Artículo 51. Los fondos consultados en el artículo anterior, pasarán a formar parte de una cuenta especial del presupuesto Municipal, y sólo podrán ser destinados a los fines contemplados en el presente D.F.L. El sobrante de un ejercicio presupuestario, pasará a incrementar los fondos de esta cuenta del año siguiente.