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Artículo 66 del Decreto Con Fuerza de Ley 224

Fija el texto de la ley general de construcciones y urbanizacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5107 / 8784318.

Texto oficial

Artículo 66. Corresponde a la Dirección de Obras Municipales la inspección de las edificaciones que se ejecuten dentro de la comuna, como asimismo el control del destino que se dé a los edificios.