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Artículo 144 del Decreto Con Fuerza de Ley 226

Decreto Con Fuerza de Ley 226

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731645.

Texto oficial

Art. 144. El reglamento podrá prescribir medidas especiales para los buques en que haya aglomeración, particularmente para las naves de inmigrantes y trabajadores enganchados, o para cualquier otro buque que ofrezca malas condiciones higiénicas.