Texto oficial
Art. 168. Sr prohíbe fabricar, vender, guardar para vender o usar en cualquier forma, con riesgo para la salud del hombre o de los animales, productos medicinales o artículos alimenticios contaminados, adulterados o falsificados.
Decreto Con Fuerza de Ley 226
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731671.