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Artículo 168 del Decreto Con Fuerza de Ley 226

Decreto Con Fuerza de Ley 226

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731671.

Texto oficial

Art. 168. Sr prohíbe fabricar, vender, guardar para vender o usar en cualquier forma, con riesgo para la salud del hombre o de los animales, productos medicinales o artículos alimenticios contaminados, adulterados o falsificados.