Texto oficial
Artículo único transitorio.- Derógase el decreto con
fuerza de ley N° 372, de 25 de Julio de 1953, y todas las
disposiciones legales contrarias al presente decreto con
fuerza de ley.
Fija el texto de la ley orgánica de la casa de moneda de chile; deroga el decreto con fuerza de ley 372, de 1953, que establecio las funciones que tendria ese organismo y fijo la planta de su personal.
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