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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 229

Concede a la industria salitrera las franquicias aduaneras y tributarias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5125 / 8988501.

Texto oficial

Artículo 3° Libérase a la industria salitrera del pago del impuesto a la cifra de negocios establecido en el decreto de Hacienda 2.772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones, por los fletes que realice para el transporte del caliche, salitre, yodo y subproductos.