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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 236

Modifica el sistema de montepios aplicable a los funcionarios pertenecientes al poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5145 · idParte: 9033883

Texto oficial

Artículo 14° El tope de imponibilidad de las remuneraciones, establecido en el artículo 25° de la ley Art. UNICO, 15.386 y sus modificaciones, no regirá para los funcionarios del Poder Judicial ni para las pensiones que ellos perciban o causen.