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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 241

Fusiona y reorganiza diversos servicios relacionados con la aviacion civil.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5162 / 7119415.

Texto oficial

Artículo 2°.- Las funciones y atribuciones que actualmente corresponden a la Dirección de Aeronáutica, según lo disponen el decreto con fuerza de ley N° 129, de 1953, y el decreto supremo N° 407 (Aviación), de 28 de Mayo de 1954, y a la Dirección de Tránsito Aéreo de la Fuerza Aérea de Chile, conforme al decreto con fuerza de ley N° 36, de 1953, corresponderán en adelante a la Dirección de Aeronáutica, cuya dependencia y atribuciones se señalan en el Título III del presente decreto con fuerza de ley.