Texto oficial
Artículo 19°.- Suprímense los siguientes cargos en
las Plantas Permanentes de Empleados Civiles de las Fuerzas
Armadas y de la Subsecretaría de Guerra, Marina y
Aviación, contemplados en el artículo 2°, letra "D.-
Fuerza Aérea", del decreto con fuerza de ley N° 98, de
1960:
a) En el "Escalafón de Administrativos" del número
"5.- Personal Administrativo", dos administrativos grado 6°
y dos administrativos grado 10°;
b) En el número "6.- Personal que no forma Escalafón,
"Profesionales A", el cargo de "Secretario General Abogado
de la Junta de Aeronáutica Civil", grado 1°.
Asimismo, suprímese la planta del Departamento de
Transporte Aéreo de la Subsecretaría de Transportes del
Ministerio de Economía.