Texto oficial
Artículo 18° Decláranse en reorganización la Junta
de Aeronáutica Civil, dependiente del Ministerio de Defensa
Nacional, y el Departamento de Transporte Aéreo del
Ministerio de Economía, Subsecretaría de Transportes, en
los términos del artículo 202° de la ley 13.305. En
consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del
artículo 4° del decreto con fuerza de ley 256, de 1953, el
personal de esas reparticiones quedará en calidad de
interino.