Texto oficial
TITULO I- Objeto (ARTS. 1-2) Artículo 1° Créase un
Servicio Nacional del Consumidor, servicio dependiente del
Ministerio de Economía, Subsecretaría de Comercio e
Industrias, que tendrá a su cargo la aplicación y control
de la legislación vigente sobre industria, comercio y
cooperativas.