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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 243

Establece la indemnizacion por años de servicios para los obreros.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5170 / 8756155.

Texto oficial

Artículo 12°. El presente decreto con fuerza de ley regirá a partir del 1° de agosto de 1953; pero, los beneficios que él concede sólo se otorgarán a contar del 1° de enero de 1954.