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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 247

Fija el texto definitivo de la ley del banco central de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5185 / 9077767.

Texto oficial

Artículo 4° El capital autorizado del Banco será de doscientos mil escudos, dividido en doscientos mil acciones de un escudo cada una. Todas las acciones serán nominativas.