Texto oficial
Artículo 34° El Comité Ejecutivo será presidido por el Presidente del Banco y funcionará con asistencia de a lo menos dos de sus miembros.
Fija el texto definitivo de la ley del banco central de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5185 / 9077800.