Texto oficial
Artículo 35° El Comité Ejecutivo adoptará sus acuerdos por mayoría y en caso de empate lo dirimirá la persona que presida.
Fija el texto definitivo de la ley del banco central de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5185 / 9077801.