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Artículo 52 del Decreto Con Fuerza de Ley 247

Fija el texto definitivo de la ley del banco central de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5185 / 9077822.

Texto oficial

Artículo 52° Los billetes y monedas emitidos por el Banco serán únicos medios de pago con poder liberatorio y circulación ilimitados. Tendrán curso legal en todo el territorio de la República y serán recibidos por su valor nominal.