Texto oficial
Artículo 59° Corresponderá al Superintendente de Bancos la supervigilancia del Banco Central, en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Bancos.
Fija el texto definitivo de la ley del banco central de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5185 / 9077830.