Texto oficial
Art. 43. Las contravenciones a las normas que regulan la
contratación de reaseguros, será penada con una multa de
hasta diez veces la prima cedida o con las sanciones
establecidas en el artículo siguiente
Compañias de seguros, sociedades anónimas y bolsas de comercio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5201 / 100022202.