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Artículo 146 de la Ley de Bancos

Fija el texto de la ley general de bancos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5205 · idParte: 8738490

Texto oficial

Artículo 146.- La exigibilidad de la garantía comprende todas las obligaciones a que se refiere el artículo 141, contraídas por la institución financiera, pero sólo en el porcentaje sañalado en dicho artículo y con la limitación fijada por el artículo 142.