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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5211 · idParte: 9058906

Texto oficial

TITULO I {ARTS. 1-7} Disposiciones Generales Artículo 1°.- El régimen disciplinario de Gendarmería de Chile se sujetará a las disposiciones del presente Reglamento y ellas serán aplicables a todo el personal de la Institución.