Texto oficial
Artículo 13.- El Superior debe inspirar respeto y confianza a sus subalternos; cuidará por lo tanto, de no cometer ningún acto que pueda menoscabar su prestigio o el afecto de sus subordinados.
Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058918.