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Artículo 57 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058962.

Texto oficial

Artículo 57.- Agotada la investigación, el Fiscal declarará cerrado el sumario y formulará los cargos o solicitará el sobreseimiento del o de los inculpados. Esta obligación deberá cumplirse en un solo acto y dentro del plazo de 5 días, a contar de la fecha de término de la investigación. No obstante, podrá sobreseerse en cualquier estado del sumario respecto de un inculpado cuya inocencia aparezca de los antecedentes.