Saltar al contenido

Artículo 56 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058961.

Texto oficial

Artículo 56.- El Director Nacional, a requerimiento del Fiscal, podrá disponer el inmediato alejamiento del empleado afectado, dándole una destinación transitoria. La resolución será en todo caso fundada y el alejamiento temporal terminará al dictarse el sobreseimiento o al evacuarse la vista del Fiscal, según corresponda.