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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058989.

Texto oficial

ARTICULOS TRANSITORIOS {ARTS. 1TRANS-2TRANS} Artículo 1°.- El presente Reglamento entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.