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Artículo 22 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Fija el nuevo estatuto administrativo para los empleados de la administración publica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5219 / 8825114.

Texto oficial

Artículo 22. No se considerarán como formando parte del sueldo del empleado la gratificación de zona, la asignación familiar, los viáticos, los gastos de movilización, los gastos de representación, la indemnización por cambio de residencia y las asignaciones por pérdidas de caja. Tampoco se considerarán como parte del sueldo, las asignaciones presupuestarias que se abonan al personal del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores durante su permanencia en el extranjero. Todas las remuneraciones a que se refiere este artículo estarán exentas de toda clase de impuestos o contribuciones.