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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 264

Declara en reorganizacion y fija las plantas de funcionarios del jardin zoologico nacional y del cerro san cristobal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5245 · idParte: 7119862

Texto oficial

Artículo 5.o El Jefe del Jardín Zoológico Nacional y el Administrador del Cerro San Cristóbal, deberán, dentro de sus respectivos servicios: a) Cuidar de su progreso y mantenimiento, velar por la conservación de los bienes que administran y supervigilar la ejecución de los trabajos que se realicen; b) Administrar correctamente los fondos del servicio; c) Confeccionar anualmente su presupuesto; y d) Presentar en el mes de Enero de cada año al Ministerio del Interior un informe de las labores ejecutadas en el año anterior y proponer los planes generales de trabajo.