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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 264

Declara en reorganizacion y fija las plantas de funcionarios del jardin zoologico nacional y del cerro san cristobal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5245 · idParte: 7119864

Texto oficial

Artículo 7.o Facúltase al Presidente de la República para designar Juntas de Vigilancia del Jardín Zoológico y del Cerro San Cristóbal. Su composición, atribuciones y deberes, serán señalados en el Reglamento que se dicte al efecto.