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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 265

Decreto con fuerza de ley n.o 265

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5248 · idParte: 8557609

Texto oficial

Art. 16. Suprímese del artículo 19 la palabra "declarados".