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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 265

Decreto con fuerza de ley n.o 265

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5248 / 8557610.

Texto oficial

Art. 17. Agrégase después de la palabra "suelos" del inciso 1.o del artículo 20 la frase "fiscales o particulares" y modifícanse las frases "Dirección General de Bosques, Pesca y Caza" del inciso 1.o, y "un Reglamento especial" del inciso 2.o del mismo artículo por las siguientes: "Ministerio de Tierras, Bienes Nacionales y Colonización" y "el Reglamento de la presente ley", respectivamente.