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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 274

Crea una empresa del estado denominada empresa de abastecimiento de zonas aisladas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5275 / 9086896.

Texto oficial

TITULO IV (ARTS. 29-36) Del patrimonio y régimen económico Artículo 29. El patrimonio de la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas estará constituído por los bienes y recursos del Instituto Nacional de Comercio, por los que le reconoce el presente decreto con fuerza de ley y por los que adquiera en el futuro. Como sucesor legal del Instituto, la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas se hará cargo de su Activo y Pasivo y le sucederá en todos sus derechos y obligaciones.