Texto oficial
Artículo 8° Para ser designado en los cargos de
Asesores Técnicos señalados en la Planta, será necesario
estar en posesión de un título profesional otorgado por la
Universidad de Chile o por cualquiera otra reconocida por el
Estado.
Para ser nombrado en algún cargo Técnico, se
requerirá estar en posesión de cualquiera de los títulos
otorgados por la Universidad Técnica o por las reconocidas
por el Estado.
Declárase técnico el cargo de Contador, fijado en el
artículo 6° y para ser designado en dicho cargo se deberá
estar inscrito en el Colegio de Contadores.