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Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 287

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5320 / 8825368.

Texto oficial

Artículo 46.- Todo funcionario que sea trasladado a otro cargo, o llamado a prestar sus servicios en el Ministerio, dispondrá de un plazo mínimo de sesenta días para abandonar sus funciones y máximo de noventa días para asumir las nuevas, salvo circunstancias extraordinarias calificadas por el Ministerio. El plazo se contará desde la fecha en que sea comunicada la resolución.