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Artículo 49 del Decreto Con Fuerza de Ley 287

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5320 / 8825371.

Texto oficial

Artículo 49.- Los funcionarios que se trasladen en vehículo propio al lugar de su destinación, tendrán derecho a percibir el valor correspondiente a sus pasajes por la vía más económica.