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Artículo 63 del Decreto Con Fuerza de Ley 287

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5320 / 8825385.

Texto oficial

Artículo 63. Los actuales funcionarios que sirvan los cargos de Jefe de Sección, Oficial de Partes y Oficiales de Secretaría y Administración General del Ministerio de Relaciones Exteriores, y que continúen perteneciendo a ella, estarán sujetos a las mismas normas que el resto del personal de carrera del Servicio Exterior en cuanto a calificaciones, ascensos, traslados, destinaciones en el país y en el exterior, y demás beneficios contemplados en este Estatuto Orgánico.