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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 292

Aprueba la ley orgánica de la direccion general del territorio maritimo y de marina mercante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5333 / 7120195.

Texto oficial

Artículo 8° El Subdirector del Litoral y de Marina Mercante será un Oficial de la Armada en servicio activo del grado de Capitán de Navío o Fragata nombrado para este cargo.