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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 292

Aprueba la ley orgánica de la direccion general del territorio maritimo y de marina mercante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5333 / 7120202.

Texto oficial

Artículo 13° Las Gobernaciones Marítimas serán 16, a saber: Arica, Iquique, Antofagasta, Caldera, Coquimbo, Valparaíso, Hanga Roa, San Antonio, Talcahuano, Valdivia, Puerto Montt, Castro, Aysén, Punta Arenas, Puerto Williams y Antártica Chilena.