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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 292

Aprueba la ley orgánica de la direccion general del territorio maritimo y de marina mercante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5333 / 7120216.

Texto oficial

Artículo 25 El personal de la planta señalada en el artículo 19 que permanezca cuatro años efectivos en empleos asimilados al grado de Capitán de Fragata, gozará del sueldo sobresueldo y demás remuneraciones asignados al grado de Capitán de Navío.