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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 299

Fija el texto definitivo de la ley de retiro y montepio del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5353 / 8988647.

Texto oficial

Artículo 28. El retiro de los Profesores Civiles de la Escuela de Carabineros y del Instituto Superior se regirá por las disposiciones establecidas a favor del personal de instrucción secundaria. Los Profesores de Armas, como también los Profesores Civiles que a la vez sean imponentes de la Caja de Previsión de Carabineros de Chile, quedarán afectos a las prescripciones de la presente ley en las mismas condiciones que los funcionarios de nombramiento supremo.