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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 303

Concede liberacion que indica a zona que señala del departamento de arica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5367 · idParte: 9083740

Texto oficial

Art�culo 9.o- Las mercaderías nacionales originarias del departamento de Arica para ser entregadas libres de derechos e impuestos en el sur del país, deberán, además, estar provistas de un certificado del Administrador de la Aduana de Arica en el que conste dicho orígen.