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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 304

Aprueba la ley orgánica del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5370 · idParte: 8944731

Texto oficial

Artículo 17.o Corresponderá al Departamento Administrativo encargarse de la tramitación interna de los proyectos de ley, mensajes, reglamentos, decretos, y demás asuntos que digan relación con la marcha administrativa del Ministerio; la tuición directa del personal de servicio y, en general, de todas aquellas materias que conciernen a las Secciones de su dependencia.