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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 308

Fija la ley orgánica de la direccion del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5384 · idParte: 8525333

Texto oficial

Artículo 5.o Habrá un Consejo Superior del Servicio, formado por los Jefes de Departamentos, que funcionará presidido por el Director del Trabajo y tendrá por función asesorar al mismo en todas aquellas materias en que éste lo requiera, especialmente trátándose de la centralización de los aspectos comunes de los distintos Departamentos. Actuará de Secretario del Consejo el Jefe del Departamento Administrativo.