Texto oficial
Artículo 11.o Un reglamento dictado por decreto supremo señalará las normas sobre formación de las ternas referidas en los artículos 3.o y 4.o, tales como requisitos que deben cumplir sus integrantes y plazos de su presentación.
Fija normas por las cuales se regira el departamento de indemnizaciones de obreros molineros y panificadores; reemplaza el inciso final del articulo 3° y el articulo 6° del decreto con fuerza de ley 117, de 1953, que lo creo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5390 / 9034274.