Texto oficial
Artículo N.o 14. Las fiscalización de las actividades industriales y comerciales de ASMAR estará a cargo de una Junta de Vigilancia, compuesta como sigue:
a) El Director General de los Servicios de la Armada, que la presidirá.
b) El Director de Armamentos de la Armada.
c) El Director de Ingeniería Naval.
d) El Directtor de Contabilidad de la Armada.
e) El Subsecretario de Marina.
f) Un representante del Estado Mayor General de la Armada.
g) Un representante de la Corporación de Fomento de la Producción.
h) Un representante de la Sociedad de Fomento Fabril.
i) Un represente de la Sociedad Nacional de Armadores de Chile.
j) Un representante del Ministerio de Hacienda.
Habrá un Secretario de la Junta de Vigilancia designado por ésta, con el carácter de Ministro de Fe.